Vicios Ocultos en compraventa de vehículo

Vicios ocultos en compraventa de vehículos

¿Tienes problemas con tú coche?

Antes de nada, desde el despacho Bona Fide Advocats (BF Advocats) te ofreceremos una serie de consejos imprescindibles para que sepas cómo actuar ante unos posibles vicios ocultos de tu vehículo.

¿Qué son los vicios ocultos en compraventa de vehículo?

Si el vehículo te lo ha vendido un profesional.

Entendemos como profesional aquella persona, entidad o empresa que se dedica profesionalmente a la venta al público de vehículos nuevos o de segunda mano. Lo primero que debes saber es que para este supuesto no se aplica el plazo de 6 meses para demandar por vicios ocultos. La ley aplicable, entre otras, es la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, que regula otro tipo de plazos. Lo primero que debes hacer es manifestar tu falta de conformidad y no vale de manera verbal, sino que te recomendamos cuanto menos que dirijas un burofax con base legal, certificado de contenido y acuse de recibo. Son muchos los clientes que al enviar un burofax incurren en errores por lo que te recomendamos que confíes en Bona Fide Advocats para manifestar tu falta de conformidad.

Las obligaciones que tiene el vendedor contigo es, en primer lugar, reparar las averías siempre y cuando no sean de uso ordinario o de mantenimiento. Acuden a nuestro despacho muchos clientes que una vez reparadas las averías estas siguen persistiendo. En este caso la Ley prevé otras soluciones: sustitución del vehículo por otro similar, reducción del precio y la resolución de la compraventa. Recuperar el dinero dependerá de la estrategia que sea capaz de diseñar tu abogado y especialmente, del contenido de un informe pericial.

También acuden muchos clientes al despacho confundidos con la venta con y sin garantía. Debe conocerse que, aunque la venta se haga sin garantía el vendedor no puede excluir sus obligaciones de la garantía legal en cuanto a la conformidad con el vehículo vendido. Caso distinto sería la compraventa de un vehículo con sus averías descritas y anunciadas muy por debajo de su precio de mercado.

Si el vehículo te lo ha vendido un particular

Típico caso en que dos personas formalizan un contrato de compraventa de vehículo de segunda mano y enseguida el comprador tiene problemas. Otro error frecuente de nuestros clientes es pensar que disponen de sólo 6 meses. En Catalunya no, si bien deberá estudiarse si el contrato está sujeto al Código Civil de Catalunya. Para el resto de supuestos muy probablemente estaremos en un plazo de 6 meses. Este plazo es de caducidad. Significa que una vez transcurrido este plazo no podrá presentarse una demanda de vicios ocultos. Esto no significa que no puedas demandar pues si lo que te han vendido es una auténtica chapuza existen otras fórmulas para recuperar tu dinero como el aliud pro alio o una indemnización por daños y perjuicios. Cómo siempre todo ello dependerá del criterio de tu abogado. Es por ello que te animamos a que te pongas en manos de Bona Fide Advocats (BF Advocats) un equipo de abogados procesalistas especializados en aprovechar todas y cada una de las oportunidades que ofrezca un procedimiento judicial. Recuerda que el primer estudio y consulta son gratuitos. Lucha por tus derechos con Bona Fide Advocats (BF Advocats).

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